(XI Región)2o.6 L (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Laboral
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS. CORRESPONDE AL PATRÓN ACREDITAR QUE ESTÁN INCORPORADOS EN ALGÚN RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL.
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 63, Febrero de 2019; Tomo II; Pág. 3235
Conforme al artículo 33 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, en relación con los numerales 2, fracción II, y 3 de la Ley de la Unidad de Previsión y Seguridad Social de dicha entidad (abrogada), es obligación del patrón proporcionar seguridad social a sus trabajadores para que reciban y ejerzan los beneficios y derechos correspondientes. Por tanto, es a la demandada (patrón) y no al trabajador a quien corresponde la carga de la prueba de acreditar que sus trabajadores están incorporados en algún régimen de seguridad social.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DECIMOPRIMERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN COATZACOALCOS, VERACRUZ.
Precedentes
Amparo directo 681/2018 (cuaderno auxiliar 777/2018) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Decimoprimera Región, con residencia en Coatzacoalcos, Veracruz. Patricia Wong de la Garza. 27 de septiembre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Octavio Ramos Ramos. Secretaria: Rosario Ivett Pérez Navarrete.