V.1o.15 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
VIOLACION EQUIPARADA DE IMPUBER. NO SE ACTUALIZA EL TIPO, AL NO HABER EXISTIDO COPULA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Julio de 1996; Pág. 434
Si de la declaración de la ofendida no se advierte que ésta impute al quejoso el haberle penetrado con su miembro viril, ni siquiera que hubo contacto directo con la región vaginal de la menor; declaración ésta de la que, si bien se desprenden elementos que en todo caso podrían ser constitutivos de algún otro tipo penal, no son aptos para demostrar el tipo por el que acusó el agente del Ministerio Público, por no estar plenamente demostrado el primer elemento del tipo consistente en la cópula, entendiendo dicho término conforme a la definición contenida en el segundo párrafo del artículo 218, del Código Penal para el Estado de Sonora, como la introducción del miembro viril por la vía vaginal.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 130/96. Ramón Arturo Breceda Lovio. 7 de marzo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Cruz Sánchez. Secretario: Francisco Raúl Méndez Vega.