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PC.XII.A. J/8 A (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa

IMPUESTO PREDIAL. EL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LOS DECRETOS 226 Y 24 QUE ESTABLECEN LOS VALORES UNITARIOS DEL SUELO Y DE LAS CONSTRUCCIONES DEL MUNICIPIO DE CULIACÁN, SINALOA, PARA LOS EJERCICIOS FISCALES 2015 Y 2017, NO CONTIENE UN ELEMENTO ESENCIAL DEL TRIBUTO SINO UNA VARIABLE DE LA TARIFA.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 64, Marzo de 2019; Tomo III; Pág. 2179

Precedentes

Contradicción de tesis 1/2018. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito y el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa. 25 de septiembre de 2018. Unanimidad de seis votos de los Magistrados Mario Galindo Arizmendi, Miguel Ángel Rodríguez Torres, Juan Carlos Amaya Gallardo, Jorge Pérez Cerón, Irineo Lizárraga Velarde y Jesús Enrique Flores González. Ponente: Miguel Ángel Rodríguez Torres. Secretario: Alfredo Villegas Escobedo. Criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito, al resolver los amparos en revisión 176/2017, 187/2017 y 178/2017, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, Sinaloa, al resolver el amparo en revisión 406/2015 (cuaderno auxiliar 856/2015).

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