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PC.III.C. J/45 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

PROCEDIMIENTO CONVENCIONAL EN MATERIA MERCANTIL. LAS PARTES PUEDEN PACTARLO EN LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS SOBRE LOS NEGOCIOS PASADOS, PRESENTES Y FUTUROS.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 66, Mayo de 2019; Tomo III; Pág. 2089

Precedentes

Contradicción de tesis 8/2018. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materia Civil del Tercer Circuito. 26 de marzo de 2019. Unanimidad de seis votos de los Magistrados Carlos Arturo González Zárate, Víctor Manuel Flores Jiménez, Carlos Hinostrosa Rojas, Eduardo Francisco Núñez Gaytán, Rodolfo Castro León y Jesús Antonio Sepúlveda Castro. Ponente: Rodolfo Castro León. Secretaria: Laura Icazbalceta Vargas. Tesis y criterios contendientes: Tesis III.2o.C.93 C (10a.), de título y subtítulo: "PROCEDIMIENTO CONVENCIONAL. LA LEGISLACIÓN MERCANTIL NO EXIGE QUE SE DETALLE CADA NEGOCIO O NEGOCIOS EN LOS QUE SE APLICARÁ AQUÉL.", aprobada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 9 de noviembre de 2018 a las 10:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 60, Tomo III, noviembre de 2018, página 2311, y El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 40/2018, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 5/2018.

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