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V.2o.29 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

COMISARIADO EJIDAL. MERCANTILMENTE SOLO SE PUEDE OBLIGAR EL, CON LA SUSCRIPCION DE LOS TRES INTEGRANTES DEL MISMO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 800

Precedentes

Amparo directo 219/96. Alejandro González Villegas. 2 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: María del Rosario Parada Ruiz.

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