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VII.2o.C.202 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

ALIMENTOS. LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONARLOS ES DE ORDEN SOCIAL, MORAL Y JURÍDICO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 71, Octubre de 2019; Tomo IV; Pág. 3460

Precedentes

Amparo directo 775/2018. 27 de junio de 2019. Mayoría de votos. Disidente y Ponente: Ezequiel Neri Osorio. Encargado del engrose: Isidro Pedro Alcántara Valdés. Secretaria: Marcela Magaña Pérez.

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