XI.2o.35 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
EMPLAZAMIENTO. NO ES OBLIGATORIO CERCIORARSE DE LA IDENTIDAD DE LA PERSONA CON QUIEN SE ENTIENDE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 834
Si el actuario judicial entendió la diligencia de emplazamiento con una persona que dijo ser empleado del demandado, sin cerciorarse si efectivamente dicha persona tenía ese carácter, es inconcuso que por dicha omisión no puede estimarse ilegal el llamamiento a juicio, puesto que ese requisito no es de los que señala el artículo 80 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán, para que surta efectos la notificación de que se habla.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 260/95. Manuel Pantoja Zavala. 14 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Enrique Castillo Morales. Secretario: Carlos Hinostrosa Rojas.
Notas:
Por ejecutoria de fecha 4 de junio de 1997, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 45/96 en que participó el presente criterio.
Este criterio ha integrado la jurisprudencia XI.2o. J/31, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, junio de 2007, página 941, con el rubro: "
EMPLAZAMIENTO. NO ES ILEGAL EL EFECTUADO SIN CERCIORARSE DE LA IDENTIDAD DE LA PERSONA CON QUIEN SE ENTIENDE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN)
."