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XIV.1o.1 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

ENDOSATARIO EN PROCURACION. NO TIENE CAPACIDAD JURIDICA PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISION COMO TERCERO PERJUDICADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 835

Precedentes

Amparo en revisión 126/96. Juan José Gómez Balam. 9 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretaria: Gloria del C. Bustillos Trejo. Reclamación 3/96. Víctor Edmundo Caballero Durán. 25 de abril de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretaria: Dora Isela Solís Sandoval. Notas: Por ejecutoria de fecha 22 de febrero de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 166/2005-PS en que participó el presente criterio. Por ejecutoria de fecha 4 de agosto de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 64/2006-PS en que participó el presente criterio.