XI.2o.36 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
QUIEBRA DE UNA SOCIEDAD. DETERMINA LA DE SUS SOCIOS ILIMITADAMENTE RESPONSABLES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Junio de 1996; Pág. 926
El artículo
4o. de la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos
, prevé: "La quiebra de una sociedad determina que los socios ilimitadamente responsables sean considerados para todos los efectos como quebrados", de lo que se deduce que la quiebra de una sociedad produce por sí sola la de sus socios, sin que sea indispensable que, para que éstos sean considerados como quebrados, deba declarárseles en sentencia ese estado expresamente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 387/95. Esperanza Calderón Bañales. 10 de agosto de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Enrique Castillo Morales. Secretario: Carlos Hinostrosa Rojas.