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PC.I.C. J/105 C (10a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaPlenos de CircuitoCivil

VIDEOGRABACIONES DE LAS AUDIENCIAS CELEBRADAS EN LOS JUICIOS ORALES MERCANTILES. PARA LA VALIDEZ DE LA CERTIFICACIÓN DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS QUE LAS CONTIENEN, NO ES REQUISITO INDISPENSABLE QUE SE HAGA CONSTAR QUE "ES COPIA FIEL Y EXACTA" DEL REGISTRO ORIGINAL.

[J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 81, Diciembre de 2020; Tomo II; Pág. 1555

Precedentes

Contradicción de tesis 23/2019. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, en auxilio del Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 8 de septiembre de 2020. Unanimidad de quince votos de la Magistrada Ethel Lizette del Carmen Rodríguez Arcovedo y los Magistrados Marco Antonio Rodríguez Barajas, Alejandro Villagómez Gordillo, Víctor Francisco Mota Cienfuegos, Walter Arellano Hobelsberger, Ismael Hernández Flores, Fernando Alberto Casasola Mendoza, Abraham Sergio Marcos Valdés, Gonzalo Hernández Cervantes, Víctor Hugo Díaz Arellano, Fernando Rangel Ramírez, Gonzalo Arredondo Jiménez, José Rigoberto Dueñas Calderón, Alejandro Sánchez López y Daniel Horacio Escudero Contreras. Ponente: Alejandro Villagómez Gordillo. Secretaria: Mariana Gutiérrez Olalde. Criterios contendientes: El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 299/2019, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, al resolver el amparo directo 8/2019 (cuaderno auxiliar 199/2019).

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