Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
1a. IV/2021 (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Común

ACTOS OMISIVOS. DETERMINACIÓN DE SU CERTEZA CUANDO SE RECLAMA EN AMPARO INDIRECTO EL NO EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE UNA AUTORIDAD.

[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 84, Marzo de 2021; Tomo II; Pág. 1215

Precedentes

Amparo en revisión 635/2019. Un Techo para mi País México, A.C. 17 de junio de 2020. Cinco votos de los Ministros Norma Lucía Piña Hernández, Ana Margarita Ríos Farjat, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien formuló voto concurrente, y Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien reservó su derecho para formular voto concurrente. Ponente: Norma Lucía Piña Hernández. Secretario: Luis Mauricio Rangel Argüelles. Nota: Por ejecutoria del 2 de agosto de 2022, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de criterios 102/2022, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "no se actualiza un punto de toque entre los criterios denunciados."

→ Más tesis en materia administrativa