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I.11o.C.133 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil, Común

SOCIEDAD CIVIL. NO TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, CUANDO APLICA UN DESCUENTO A UNO DE SUS EMPLEADOS POR CONCEPTO DE PENSIÓN ALIMENTICIA EN CUMPLIMIENTO DE UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 84, Marzo de 2021; Tomo IV; Pág. 3058

Precedentes

Queja 98/2020. Deloitte Consulting Group, S.C. 25 de abril de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Rangel Ramírez. Secretario: Sergio Iván Sánchez Lobato. Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial 2a./J. 164/2011, de rubro: "AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. NOTAS DISTINTIVAS.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXIV, septiembre de 2011, página 1089, con número de registro digital: 161133.

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