Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.4o.C.81 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil, Constitucional

USURA. LOS CRÉDITOS PACTADOS EN UDIS SON DISTINTOS A LOS CONVENIDOS EN PESOS Y, POR TANTO, SU EXAMEN DEBE HACERSE SOBRE BASES DIFERENTES PARA DETERMINAR SI AQUÉLLA SE HA CONFIGURADO.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 84, Marzo de 2021; Tomo IV; Pág. 2953

Precedentes

Amparo directo 693/2019. 15 de noviembre de 2019. Mayoría de votos. Disidente: Ethel Lizette del Carmen Rodríguez Arcovedo, en cuanto a lo oficioso del estudio. Ponente: María Amparo Hernández Chong Cuy. Secretario: Marat Paredes Montiel. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 37/2023 del índice del Pleno Regional en Materia Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en Guadalajara, Jalisco, el que derivado del del Acuerdo General 38/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se modifica la denominación de los Plenos Regionales de las Regiones Centro-Norte y Centro-Sur; y que reforma diversas disposiciones relativas a su semiespecialización, competencia y domicilio, así como del diverso Acuerdo General 39/2023, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Plenos Regionales, con residencias en Cuernavaca, Morelos, Guadalajara, Jalisco, Monterrey, Nuevo León, y San Andrés Cholula, Puebla, la remitió al Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, el que mediante acuerdo de presidencia del 24 de enero de 2024 la admitió a trámite con el número de contradicción de criterios 13/2024, y por ejecutoria del 15 de mayo de 2024 la declaró inexistente, en virtud de que "la calificación, estimación o desestimación, de la usura por ambos tribunales fue resultado de la valoración jurisdiccional, de los elementos de autos, que no permite sostener que sus posiciones jurídicas puedan predicarse como contradictorias, porque esa apreciación no es dable unificarla al encontrarse condicionada a las circunstancias de cada caso."

→ Más tesis en materia civil