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III.4o.C.47 C (10a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Civil

VÍA EJECUTIVA ORAL MERCANTIL. COMPRENDE ASUNTOS CUYA CUANTÍA ES DESDE UN PESO HASTA SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS CON SEIS CENTAVOS, AUMENTÁNDOSE EL LÍMITE SUPERIOR DE MANERA GRADUAL, HASTA LLEGAR A CUATRO MILLONES.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 84, Marzo de 2021; Tomo IV; Pág. 3075

Precedentes

Amparo directo 419/2019. Sistema de Crédito Automotriz, S.A. de C.V. 31 de octubre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jesicca Villafuerte Alemán. Secretaria: Yolanda Romero Preciado. Amparo directo 479/2019. Omar Orendain Sánchez. 8 de noviembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jesicca Villafuerte Alemán. Secretaria: Yolanda Romero Preciado. Amparo directo 547/2019. Arquitectos L2, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jesicca Villafuerte Alemán. Secretaria: Yolanda Romero Preciado. Amparo directo 455/2019. Sistema de Crédito Automotriz, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Martínez Flores. Secretaria: Selene Tadia Susa Torres Andrade. Nota: Por ejecutoria del 31 de agosto de 2022, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró improcedente la contradicción de tesis 278/2021, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que el problema jurídico quedó dilucidado por la propia Primera Sala en la contradicción de tesis 482/2019, que dio origen a la tesis jurisprudencial 1a./J. 23/2021 (10a.) de rubro: "JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL ORAL. CUANTÍA PARA SU PROCEDENCIA.". La jurisprudencia indicada establece que la vía ejecutiva mercantil oral es procedente para aquellos asuntos cuya suerte principal sea igual o superior a la cantidad que establece el artículo 1339 del Código de Comercio para que un juicio sea apelable y hasta los cuatro millones, sin que se tomen en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de la interposición de la demanda, debiendo actualizarse anualmente.

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