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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2023119

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 18 de agosto de 2020, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de tesis 272/2019, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.8o.C.27 K (10a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
2023119
Clave de tesis
I.8o.C.27 K (10a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
11a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Mayo de 2021; Tomo III; Pág. 2640
Publicación
2021-05-14

SUSPENSIÓN EN EL AMPARO, CON EFECTOS RESTITUTORIOS. ES IMPROCEDENTE CONTRA ACTOS NEGATIVOS.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Mayo de 2021; Tomo III; Pág. 2640

Precedentes

Incidente de suspensión (revisión) 112/2019. Luis Romero Luna y otros. 29 de mayo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Abraham S. Marcos Valdés. Secretaria: Patricia Villa Rodríguez. Nota: Por ejecutoria del 18 de agosto de 2020, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de tesis 272/2019, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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Registro digital (IUS): 2023119 · Publicación: 2021-05-14