I.6o.A.12 A (10a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
REVISIÓN FISCAL. QUE EL LITIGIO VERSE SOBRE ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS NO ACTUALIZA, POR SÍ, LOS REQUISITOS DE IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA PARA LA PROCEDENCIA DEL RECURSO.
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Junio de 2021; Tomo V; Pág. 5173
Si bien la temática de los organismos genéticamente modificados es, en general, de interés y relevancia sociales e involucra, entre otros aspectos, el medio ambiente, la salud humana y la biodiversidad genética, aspectos culturales y toda una gama de situaciones y opiniones que, además, no son del todo pacíficas, el hecho de que el recurso de revisión se interponga en contra de una sentencia de nulidad que involucró en sus problemáticas organismos genéticamente modificados, no justifica por sí mismo la excepcionalidad del asunto en términos del artículo 63, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, pues para que se actualicen las hipótesis de procedencia debe atenderse a las características y matices de cada asunto en específico para verificar si concurren en el caso circunstancias de hecho y de derecho que lo individualicen o distingan de modo tal que implique la importancia y trascendencia en el sentido que la jurisprudencia ha definido.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 200/2017. Director General Jurídico del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. 31 de enero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: María Amparo Hernández Chong Cuy. Secretaria: Maribel Castillo Moreno.