I.4o.A.107 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
AUTORIDAD. CARACTER DE RESPONSABLE, PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. JEFATURA DE SERVICIOS DE AUDITORIA A PATRONES Y VERIFICACION DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Mayo de 1996; Pág. 599
La Jefatura de Servicios de Auditoría a Patrones y Verificación del Instituto Mexicano del Seguro Social, está facultada para amonestar, suspender o cancelar el registro otorgado a los contadores públicos, pues de acuerdo con lo establecido en el capítulo IV, punto 6, inciso b), del Instructivo para la Dictaminación Sobre el Cumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos Imponen a los Patrones y Demás Sujetos Obligados, se autoriza a los contadores públicos que cubran los requisitos que exige ese Instructivo, para determinar el cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos; por tanto, la citada Jefatura dispone de fuerza pública en circunstancias legales y está ejerciendo un acto público por lo que sí tiene el carácter de autoridad responsable para los efectos del juicio de amparo pues está ejerciendo imperio de autoridad.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 3414/95. Mario Hernández González. 31 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: Ramón E. García Rodríguez.