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2a./J. 26/2022 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

DERECHOS DE SEGURIDAD SOCIAL. EL ARTÍCULO 183, FRACCIÓN III, DE LA ANTERIOR LEY DEL SEGURO SOCIAL, Y SU CORRELATIVO 151, FRACCIÓN III, DE LA VIGENTE, AL NO PREVER LA FIGURA DE LA REACTIVACIÓN DE DERECHOS DE UNA PERSONA TRABAJADORA QUE FALLECE SIN HABER COTIZADO CINCUENTA Y DOS SEMANAS DESPUÉS DE REINGRESAR AL RÉGIMEN OBLIGATORIO, VULNERAN EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SEGURIDAD SOCIAL.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 15, Julio de 2022; Tomo III; Pág. 2482

Precedentes

Contradicción de tesis 337/2021. Entre las sustentadas por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado del Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito, ambos en Materia de Trabajo, y el Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en La Paz, Baja California Sur. 27 de abril de 2022. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretaria: Alma Ruby Villarreal Reyes. Tesis y criterio contendientes: El Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 154/2017, el cual dio origen a la tesis aislada I.13o.T.179 L (10a.), de rubro: "SEGURO SOCIAL. EL ARTÍCULO 183, FRACCIÓN III, DE LA LEY RELATIVA, VIGENTE HASTA EL 30 DE JUNIO DE 1997, AL NO PREVER LA HIPÓTESIS DE CONSERVACIÓN DE DERECHOS DE UN TRABAJADOR QUE AL REINGRESAR AL RÉGIMEN OBLIGATORIO FALLECE SIN HABER COTIZADO 52 SEMANAS DESPUÉS DE SU REINCORPORACIÓN PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS PERIODOS ANTERIORES, VIOLA EL ARTÍCULO 123, APARTADO A, FRACCIÓN XXIX, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 8 de septiembre de 2017 a las 10:17 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 46, Tomo III, septiembre de 2017, página 1982, con número de registro digital: 2015122, El Quinto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en La Paz, Baja California Sur, al resolver el amparo directo 1015/2012 (cuaderno auxiliar 717/2012), el cual dio origen a la tesis aislada XXVI.5o.(V Región) 15 L (10a.), de rubro: "SEGURO SOCIAL. EL ARTÍCULO 151, FRACCIÓN III, DE LA LEY RELATIVA, AL NO OTORGAR LA POSIBILIDAD DE QUE LOS BENEFICIARIOS DE UN TRABAJADOR ACCEDAN A UNA PENSIÓN EN CASO DE QUE ÉSTE FALLEZCA DESPUÉS DE REINGRESAR AL RÉGIMEN OBLIGATORIO PERO ANTES DE COTIZAR CINCUENTA Y DOS SEMANAS, VULNERA EL DERECHO HUMANO DE SEGURIDAD SOCIAL.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XVII, Tomo 2, febrero de 2013, página 1515, con número de registro digital: 2002916; y, El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, al resolver el amparo directo 436/2020. Tesis de jurisprudencia 26/2022 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticinco de mayo de dos mil veintidós.

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