V.2o.33 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
TERCERO INTERESADO, PRUEBAS DEL. EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Mayo de 1996; Pág. 703
Una interpretación armónica de los artículos
689 y 690 de la Ley Federal del Trabajo
, en relación con los diversos
776 al 785
del propio ordenamiento, permite concluir que, en el procedimiento laboral, el tercero interesado sí se encuentra facultado para ofrecer pruebas con las que se pretendan demostrar, o desvirtuar, cuestiones que atañen al fondo del conflicto existente entre las partes propiamente dichas, es decir, entre actor y demandado; siempre y cuando, esas pruebas se encuentren relacionadas con los hechos en que dicho tercero funde su interés jurídico.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 177/96. Confía, S.A., Institución de Banca Múltiple, Abaco Grupo Financiero. 20 de marzo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: María del Pilar Parra Parra. Secretario: Eduardo Anastacio Chávez García.