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2a./J. 57/2022 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Común

LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS. EL ARTÍCULO 43 QUE PREVÉ LA IMPOSICIÓN DE UNA MULTA PARA LOS EDITORES Y PRODUCTORES QUE NO CUMPLAN CON LA OBLIGACIÓN CONSIGNADA EN EL ARTÍCULO 39 DEL MISMO ORDENAMIENTO, NO FORMA PARTE DEL SISTEMA NORMATIVO QUE REGULA EL DEPÓSITO LEGAL DE PUBLICACIONES Y, POR TANTO, ES DE CARÁCTER HETEROAPLICATIVO.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 18, Octubre de 2022; Tomo III; Pág. 2280

Precedentes

Amparo en revisión 106/2022. Arlequín Editorial y Servicios, S.A. de C.V. 11 de mayo de 2022. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Yasmín Esquivel Mossa; el Ministro Alberto Pérez Dayán, votó en contra de las consideraciones relacionadas con la procedencia. Ausente: Luis María Aguilar Morales. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretario: Luis Enrique García de la Mora. Tesis de jurisprudencia 57/2022 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiocho de septiembre de dos mil veintidós.