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PC.I.A. J/20 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos de CircuitoAdministrativa, Común

SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONCEDERLA CUANDO SE SEÑALAN COMO ACTOS RECLAMADOS LOS ARTÍCULOS 33, 34, 37, 38, 40 Y 43 DE LA LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS, RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN DE ENTREGAR A LAS BIBLIOTECAS QUE CONFORMAN EL DEPÓSITO LEGAL DOS EJEMPLARES IMPRESOS O UNO EN ARCHIVO DIGITAL DE LAS EDICIONES Y PRODUCCIONES DE LOS MATERIALES QUE ENUNCIA EL REFERIDO ARTÍCULO 34, PUES SE SATISFACE EL REQUISITO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 128 DE LA LEY DE AMPARO.

[J]; 11a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Noviembre de 2022; Tomo III; Pág. 3120

Precedentes

Contradicción de tesis 28/2021. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero, Cuarto, Octavo y Décimo Sexto, todos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 12 de julio de 2022. Mayoría de veinte votos de los Magistrados Joel Carranco Zúñiga, José Patricio González Loyola Pérez (quien formula voto complementario), María Elena Rosas López, Antonio Campuzano Rodríguez, Francisco García Sandoval, María del Pilar Bolaños Rebollo, Edwin Noé García Baeza, Alfredo Enrique Báez López, José Luis Cruz Álvarez, Óscar Germán Cendejas Gleason, Juan Manuel Díaz Núñez, Emma Gaspar Santana, Irma Leticia Flores Díaz, Rolando González Licona, Jesús Alfredo Silva García, Ma. Gabriela Rolón Montaño, Guillermina Coutiño Mata, Rosa González Valdés, Jorge Ojeda Velázquez y Arturo Iturbe Rivas. Ausente: Alma Delia Aguilar Chávez Nava. Disidentes: María Guadalupe Molina Covarrubias y Juan Carlos Cruz Razo (quienes formularon voto particular). Ponente: Antonio Campuzano Rodríguez. Secretario: Luis Alfredo Fragoso Portales. Criterios contendientes: El sustentado por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver la queja 164/2021, el sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver la queja 215/2021 y los incidentes de suspensión (revisión) 244/2021 y 245/2021, y el diverso sustentado por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver la queja 123/2021 y el incidente de suspensión (revisión) 254/2021. Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 28/2021, resuelta por el Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito.

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