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1a. XXXV/2022 (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional
Registro digital (IUS)
2025617
Clave de tesis
1a. XXXV/2022 (11a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
11a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Civil, Constitucional
Fuente
[TA]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 20, Diciembre de 2022; Tomo II; Pág. 1262
Publicación
2022-12-02

RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS DE LOS MENORES DE EDAD CON SUS PROGENITORES EN LOS JUICIOS DE DIVORCIO. CUANDO LOS DOMICILIOS DEL PROGENITOR CUSTODIO Y DEL NO CUSTODIO SE ENCUENTRAN GEOGRÁFICAMENTE MUY ALEJADOS, NO ES VÁLIDO QUE LA PERSONA JUZGADORA LO ESTABLEZCA ÚNICAMENTE EN LA MODALIDAD VIRTUAL.

[TA]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 20, Diciembre de 2022; Tomo II; Pág. 1262

Precedentes

Amparo directo en revisión 2557/2020. 17 de agosto de 2022. Mayoría de cuatro votos de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien está con el sentido, pero con salvedad en las consideraciones y reservó su derecho para formular voto concurrente en el que se separa de las consideraciones contenidas en la presente tesis, y los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidente: Votó en contra de la sentencia la Ministra presidenta Ana Margarita Ríos Farjat, al considerar, a diferencia de lo resuelto, que el Tribunal Colegiado sí preveía un régimen de visitas mixto, que se fijaría en la ejecución de sentencia. Sin embargo, comparte las consideraciones de esta tesis. Ponente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Secretario: Fernando Sosa Pastrana.

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Registro digital (IUS): 2025617 · Publicación: 2022-12-02