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1a./J. 22/2023 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Común, Penal

PROCEDIMIENTO ABREVIADO. EL CONSENTIMIENTO EN ESTA FORMA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA ES REQUISITO FUNDAMENTAL PARA SU PROCEDENCIA, POR LO QUE PODRÁ SER MATERIA DE ANÁLISIS EN AMPARO DIRECTO.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Febrero de 2023; Tomo II; Pág. 1818

Precedentes

Amparo directo en revisión 2990/2022. Elizabeth Trinidad Javier. 26 de octubre de 2022. Mayoría de cuatro votos de las Ministras Norma Lucía Piña Hernández y Ana Margarita Ríos Farjat, y los Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien reservó su derecho para formular voto concurrente. Disidente: Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto particular. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Carlos Manuel Baráibar Tovar. Tesis de jurisprudencia 22/2023 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de quince de febrero de dos mil veintitrés.

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