I.5o.T.52 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
DESCANSO SEMANAL Y DESCANSO OBLIGATORIO, PAGO DE LOS DIAS DE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Abril de 1996; Pág. 383
Si en su escrito inicial la actora manifiesta que si bien no trabajó los días de descanso semanal ni los concedidos por ley, pero que tampoco le fueron cubiertos, y la contraria no lo niega ni aporta por ende prueba alguna, la responsable deberá penar a la empresa al otorgamiento de tales prestaciones.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2375/95. Laura Mejía Lara y otra. 29 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretaria: Rosa María López Rodríguez.