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1a./J. 87/2023 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional

COSTAS. EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE ARANCELES PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, QUE ESTABLECE LOS MONTOS QUE COBRARÁN LOS ABOGADOS EN LOS NEGOCIOS DE CUANTÍA INDETERMINADA, ES INCONSTITUCIONAL, PUES CONSTITUYE UNA NORMA OBSOLETA QUE VIOLENTA EL DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 26, Junio de 2023; Tomo IV; Pág. 3413

Precedentes

Amparo en revisión 318/2022. Abel Estrada Tapia. 23 de noviembre de 2022. Cinco votos de las Ministras Norma Lucía Piña Hernández y Ana Margarita Ríos Farjat, y de los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Ponente: Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretario: Alejandro Castañón Ramírez. Tesis de jurisprudencia 87/2023 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de catorce de junio de dos mil veintitrés. Nota: Esta tesis jurisprudencial, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, del viernes 23 de junio de 2023 a las 10:29 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 26, Tomo IV, junio de 2023, página 3413, ha dado lugar a la integración del expediente relativo a la declaratoria general de inconstitucionalidad 8/2023, resuelta por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 28 de enero de 2025, por unanimidad de nueve votos, en el sentido de declararla procedente y fundada.

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