I.20o.A.9 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Constitucional
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEBEN DIGITALIZAR SIN COSTO Y PONER A DISPOSICIÓN DEL PÚBLICO LAS SENTENCIAS DONDE SE ABORDE ALGÚN ASPECTO RELEVANTE DEL MEDIO AMBIENTE.
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 29, Septiembre de 2023; Tomo V; Pág. 5532
Hechos: El quejoso presentó una solicitud de acceso a la información mediante la Plataforma Nacional de Transparencia para que le fuera proporcionada una sentencia emitida por un Tribunal Colegiado de Circuito donde se analizaron aspectos sobre el medio ambiente y pidió que se le aplicara el artículo 73, fracción II, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública para que fuera disponible al público en versión pública. La unidad administrativa del Consejo de la Judicatura Federal le respondió que la sentencia constaba en físico y que debía cubrir los costos de reproducción y envío. En contra de esa determinación el quejoso promovió juicio de amparo y sustanciado el procedimiento el Juez de Distrito determinó que dicha respuesta no era un acto de autoridad para efectos del juicio de amparo.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito establece que se deben elaborar versiones públicas sin costo de las sentencias donde se trate alguna problemática relevante del derecho al medio ambiente, incluso aquellas que por su fecha de emisión no se encuentren en formato electrónico, para que las unidades administrativas del Consejo de la Judicatura Federal realicen las gestiones necesarias para digitalizarlas y constituyan un documento público de consulta libre (con supresión de los datos confidenciales o reservados), a fin de respetar el derecho de acceso a la información pública, la protección al ambiente y la democracia ambiental.
Justificación: De la interpretación de los artículos 1o., 6o. y 133 de la Constitución Federal, en concordancia con el "Acuerdo de Escazú", que establece que los Estados miembros deben facilitar mecanismos de sistematización y difusión de las decisiones judiciales y administrativas sobre el medio ambiente, y atendiendo a los principios de transparencia, máxima publicidad, rendición de cuentas de manera proactiva, de no regresión y progresividad, este órgano colegiado considera que la Secretaría Técnica para el Trámite de Solicitudes Jurisdiccionales de Acceso a la Información de la Unidad de Transparencia del Consejo de la Judicatura Federal debe elaborar una versión pública de las sentencias donde se aborde algún aspecto relevante sobre el derecho humano al medio ambiente y realizar las gestiones necesarias para subirlas al portal del Consejo de la Judicatura Federal para que su consulta sea de dominio público de manera gratuita.
VIGÉSIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 492/2022. 8 de junio de 2023. Mayoría de votos. Disidente: Salvador Alvarado López. Ponente: Fernando Silva García. Secretario: José Sebastián Gómez Sámano.