PR.L.CN. J/10 L (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesLaboral
INDUSTRIA TEXTIL. CONFORME A LOS PRINCIPIOS PRO HOMINE, PRO MEDIO AMBIENTE, ECONOMÍA CIRCULAR Y PREVENCIÓN EN MATERIA AMBIENTAL, EL ESTADO MEXICANO ESTÁ COMPROMETIDO A EMPATAR EN SUS CONCEPTOS NORMATIVOS Y POLÍTICAS PÚBLICAS, LA UTILIZACIÓN DE MEDIDAS SUSTENTABLES DERIVADAS DE UN NUEVO MODELO DE PRODUCCIÓN Y EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES, A FIN DE GENERAR UNA CULTURA DE SUSTENTABILIDAD Y CORRESPONSABILIDAD AMBIENTAL.
[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 30, Octubre de 2023; Tomo III; Pág. 3399
Hechos: Dos Tribunales Colegiados de Circuito de competencia mixta pertenecientes al mismo Circuito judicial resolvieron diversos conflictos competenciales suscitados con motivo de que autoridades laborales del orden estatal y federal rechazaron conocer de las demandas instadas por trabajadores que adujeron prestar sus servicios a la misma empresa, en apariencia, perteneciente a la industria textil, que elabora sus productos a partir de materias primas secundarias o recicladas. La razón aducida por los juzgadores federales para declinar su conocimiento, se sustentó en que la competencia excepcional se actualiza cuando los productos fabricados provienen de materias primas de origen natural. Al resolver los citados conflictos, uno de los órganos colegiados estimó que al margen de que la patronal utilizara fibras secundarias en sus procesos, al ser uno de ellos, reciclado de lana, se actualizaba la competencia federal; el otro tribunal, al no tener probado el uso de dicho elemento como materia prima de uso inicial, determinó que se actualizaba la competencia local.
Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materia de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en Monterrey, Nuevo León, determina que el Estado Mexicano, a través de una interpretación evolutiva y conforme a los principios pro homine, pro medio ambiente, economía circular y prevención en materia ambiental, se encuentra comprometido a empatar en sus conceptos normativos y políticas públicas, la utilización de medidas sustentables derivadas de un nuevo modelo de producción y aprovechamiento de recursos naturales, a fin de generar una cultura de sustentabilidad y corresponsabilidad ambiental en la población.
Justificación: El sector textil en México desperdicia muchos recursos económicos, materiales y naturales, generando importantes pérdidas económicas y enormes cantidades de residuos cuyo potencial es desaprovechado. Aunado a ello, dicha industria ocasiona grandes impactos ambientales con posibles repercusiones en la salud humana. En ese sentido, contextualizando la realidad ambiental, en sintonía con los compromisos internacionales en materia ambiental, en los que participa el Estado Mexicano, resulta trascendente y necesario para éste implementar un nuevo sistema de economía circular que reconsidere las fases de la cadena de suministro desde el uso de la tierra y los recursos naturales hasta el diseño, el concepto de propiedad y el uso final de los materiales que se emplean para fabricar todo tipo de artículos textiles.
PLENO REGIONAL EN MATERIA DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN MONTERREY, NUEVO LEÓN.
Precedentes
Contradicción de criterios 24/2023. Entre los sustentados por el Primer y el Segundo Tribunales Colegiados, ambos del Vigésimo Octavo Circuito. 30 de agosto de 2023. Tres votos de la Magistrada María Enriqueta Fernández Haggar y de los Magistrados Jorge Toss Capistrán y Guillermo Vázquez Martínez. Ponente: Magistrado Jorge Toss Capistrán. Secretaria y Secretarios: Dafne Miroslaba Carrillo De León, Roberto Mendiola López y Raúl Huerta Beltrán.
Criterios contendientes:
El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, al resolver los conflictos competenciales 37/2022 y 67/2022, y el diverso sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, al resolver el conflicto competencial 69/2022.