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XX.1o.P.C.4 P (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal

PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. LOS JUECES FEDERALES Y LOCALES SE ENCUENTRAN IMPOSIBILITADOS JURÍDICAMENTE PARA INAPLICAR EN UN CASO CONCRETO, MEDIANTE UN EJERCICIO DE CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO, LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE REGULAN DICHA MEDIDA CAUTELAR, EN ATENCIÓN A LO ESTABLECIDO EN LAS TESIS DE JURISPRUDENCIA P./J. 20/2014 (10a.) Y P./J. 64/2014 (10a.).

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 31, Noviembre de 2023; Tomo V; Pág. 4796

Precedentes

Amparo en revisión 47/2023. 21 de junio de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Fidel Quiñones Rodríguez. Secretaria: Marylin Ramírez Avendaño. Queja 319/2023. 20 de septiembre de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Velia del Carmen López Rivera, secretaria de tribunal autorizada por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretaria: Diana Isabel Ivens Cruz. Nota: Las tesis de jurisprudencia P./J. 20/2014 (10a.) y P./J. 64/2014 (10a.), de títulos y subtítulos: "DERECHOS HUMANOS CONTENIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES. CONSTITUYEN EL PARÁMETRO DE CONTROL DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL, PERO CUANDO EN LA CONSTITUCIÓN HAYA UNA RESTRICCIÓN EXPRESA AL EJERCICIO DE AQUÉLLOS, SE DEBE ESTAR A LO QUE ESTABLECE EL TEXTO CONSTITUCIONAL." y "JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. NO ES SUSCEPTIBLE DE SOMETERSE A CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y/O CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO POR ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE MENOR JERARQUÍA." citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 25 de abril de 2014 a las 9:32 horas y 12 de diciembre de 2014 a las 9:35 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libros 5, Tomo I, abril de 2014, página 202 y 13, Tomo I, diciembre de 2014, página 8, con números de registro digital: 2006224 y 2008148, respectivamente. Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 52/2023 del índice del Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Sur, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, el que derivado del Acuerdo General 38/2023 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se modifica la denominación de los Plenos Regionales de las Regiones Centro-Norte y Centro-Sur; y que reforma diversas disposiciones relativas a su semiespecialización, competencia y domicilio, así como del diverso Acuerdo General 39/2023, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Plenos Regionales, con residencias en Cuernavaca, Morelos, Guadalajara, Jalisco, Monterrey, Nuevo León, y San Andrés Cholula, Puebla, la remitió al Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, el que la admitió a trámite con el número de contradicción de criterios 25/2024, pendiente de resolver.

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