II.1o.P.A.13 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
REINDIVIDUALIZACION DE LA PENA AL ABSOLVER POR ALGUNOS DELITOS IMPUTADOS AL ACTIVO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Abril de 1996; Pág. 460
Si la responsable considera absolver al apelante respecto de algunos delitos, empero al individualizar la pena estima que tiene el mismo grado de peligrosidad que fue observado por el Juez de primer grado, ello es equívoco, pues es evidente que no puede representar a la sociedad el mismo peligro quien comete varios delitos que aquel que sólo es encontrado responsable de alguno; en tal virtud, se transgrede en perjuicio del quejoso el artículo 59 del Código Penal del Estado de México, en relación con el
14 constitucional
, al reiterarse tanto el grado de temibilidad como las penas impuestas por el Juez del conocimiento.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 721/95. José Alejandro Ruiz Lugo. 11 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretaria: Ninfa María Garza Villarreal.