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VI.1o.P.10 P (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Constitucional, Penal

ABORTO. EL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE PUEBLA, AL PROTEGER LA VIDA DESDE EL MOMENTO DE LA CONCEPCIÓN HASTA LA MUERTE NATURAL, NO VIOLA LOS DERECHOS A LA DIGNIDAD HUMANA, A LA IGUALDAD JURÍDICA Y A LA NO DISCRIMINACIÓN, A LA AUTONOMÍA REPRODUCTIVA, A LA VIDA, A LA AUTONOMÍA PERSONAL, AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y A LA PROTECCIÓN A LA INTIMIDAD, NI EL DERECHO A DECIDIR DE LA MUJER, PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 1o. Y 4o. DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Diciembre de 2023; Tomo IV; Pág. 3859

Precedentes

Amparo en revisión 164/2022. 20 de abril de 2023. Mayoría de votos. Disidente: Lázaro Franco Robles Espinoza. Ponente: Alejandra Jarquín Carrasco. Secretario: Carlos Corona Nava. Nota: Las sentencias relativas a las acciones de inconstitucionalidad 148/2017 y 106/2018 y su acumulada 107/2018 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 3 de junio de 2022 a las 10:09 horas y 9 de septiembre de 2022 a las 10:18 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libros 14, Tomo II, junio de 2022, página 873 y 17, Tomo I, septiembre de 2022, página 1074, con números de registro digital: 30665 y 30924, respectivamente.