XIX.2o.8 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
REVOCACION EN MATERIA MERCANTIL. PROCEDENCIA GENERICA DEL RECURSO DE. ARTICULO 1334 DEL CODIGO DE COMERCIO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Abril de 1996; Pág. 468
Tratándose de ejecución de sentencia en materia mercantil, el artículo
1334 del Código de Comercio
establece la procedencia genérica del recurso de revocación en contra de "los autos que no fueren apelables y los decretos" sin hacer distingo alguno; con lo cual se evidencia que el sistema de recursos en esta especialidad es completo y no admite la aplicación supletoria, pues para ello es necesario que la ley suplida prevea una institución de manera incompleta y en sus deficiencias se acuda a la supletoria, situación que no se da cuando se pretende que el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas, se aplique como ley complementaria introduciéndose en la materia mercantil figuras ajenas como lo es la "insistencia en el recurso de apelación", lo cual es indebido; pues ello equivaldría a modificar o adicionar el ordenamiento especial que en el presente caso es el Código de Comercio, trastocándose algunos de sus propósitos fundamentales entre los que figura el de dar mayor celeridad al procedimiento, abreviando términos, simplificando trámites y limitando o suprimiendo recursos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 137/95. Héctor Martínez Gamboa y otros. 8 de febrero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: Rubén González Zamora.