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1a./J. 191/2023 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Común

SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO EN MATERIA AMBIENTAL. DEBERES DE LAS PERSONAS JUZGADORAS AL RESOLVER SOBRE SU CONCESIÓN.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 32, Diciembre de 2023; Tomo II; Pág. 1846

Precedentes

Recurso de revisión en incidente de suspensión 1/2022. Analí Rodríguez Pérez y otros. 12 de abril de 2023. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo, y de la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat. Ponente: Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretarios: Jaqueline Sáenz Andujo y David García Sarubbi. Tesis de jurisprudencia 191/2023 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintinueve de noviembre de dos mil veintitrés. Nota: Por ejecutoria del 26 de septiembre de 2024, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inexistente la contradicción de criterios 9/2024, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que "si bien ambas Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación atendieron a aspectos relacionados con el interés legítimo y el interés suspensional cuando se reclama la violación de algún derecho humano a través del juicio de amparo, lo cierto es que no estudiaron el mismo problema jurídico, de ahí que los pronunciamientos emitidos por las Salas no se relacionan entre sí ni dan lugar a la divergencia de criterios."