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1a./J. 29/2024 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO POR VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS. LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DEBE PRONUNCIARSE OFICIOSAMENTE SOBRE SU PROCEDENCIA EN FAVOR DE LAS VÍCTIMAS INDIRECTAS SIEMPRE QUE SU AFECTACIÓN PUEDA ADVERTIRSE DE LA SOLICITUD REALIZADA POR LA VÍCTIMA DIRECTA.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 34, Febrero de 2024; Tomo II; Pág. 1307

Precedentes

Amparo en revisión 581/2022. 8 de marzo de 2023. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien formuló voto concurrente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretarios: Irlanda Denisse Ávalos Núñez y Shelin Josué Rodríguez Ramírez. Tesis de jurisprudencia 29/2024 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de catorce de febrero de dos mil veinticuatro.

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