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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: La parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 24/2004-PS y la tesis de jurisprudencia 1a./J. 78/2004 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, diciembre de 2004, páginas 109 y 107, con números de registro digital: 18497 y 179922, respectivamente.

XXIII.2o.5 C (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
2028318
Clave de tesis
XXIII.2o.5 C (11a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
11a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo VII; Pág. 6479
Publicación
2024-03-01

GANANCIALES MATRIMONIALES. PUEDEN RECLAMARSE CONFORME AL CÓDIGO FAMILIAR DEL ESTADO DE ZACATECAS, CUANDO LA DEMANDA SE PRESENTE A PARTIR DE LA FECHA DE SU ENTRADA EN VIGOR, CON INDEPENDENCIA DE QUE EL MATRIMONIO SE HUBIERA CELEBRADO CON ANTERIORIDAD.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo VII; Pág. 6479

Precedentes

Amparo directo 34/2023. Amelia Hernández Pasillas, su sucesión. 29 de junio de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gabriel Sánchez Iriarte. Secretario: Dante Lev González Herrera. Nota: La parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 24/2004-PS y la tesis de jurisprudencia 1a./J. 78/2004 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, diciembre de 2004, páginas 109 y 107, con números de registro digital: 18497 y 179922, respectivamente.

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Registro digital (IUS): 2028318 · Publicación: 2024-03-01