XXIII.2o.11 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
RECURSO DE REVISIÓN FISCAL. LA JEFA DE DEPARTAMENTO DE TRÁMITES Y SERVICIOS LEGALES DE LA DELEGACIÓN DEL CENTRO INAH ZACATECAS CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLO.
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo VII; Pág. 6579
Hechos: El delegado del Centro INAH Zacatecas negó la construcción o modificación sobre un inmueble considerado monumento histórico en un Municipio de dicha entidad. Contra esa determinación se promovió juicio de nulidad. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró su nulidad lisa y llana al considerar que el inmueble no tiene esa calidad, por lo que la jefa de Departamento de Trámites y Servicios Legales del Centro interpuso recurso de revisión fiscal.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la jefa de Departamento de Trámites y Servicios Legales del Centro INAH Zacatecas carece de legitimación para interponer el recurso de revisión fiscal.
Justificación: Del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo deriva que el recurso de revisión fiscal es un mecanismo de defensa excepcional en favor de las autoridades demandadas contra las resoluciones que emita el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, cuya procedencia está condicionada a la satisfacción de ciertos requisitos procesales formales, como el relativo a la legitimación de quien lo promueva, pues establece que podrán impugnarse por la autoridad a través de la unidad administrativa encargada de su defensa jurídica. Ahora, del Manual General de Organización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2011, actualizado mediante publicación en el propio medio de difusión el 19 de octubre de 2018, se advierte que el jefe de Departamento de Trámites y Servicios Legales del Centro INAH tiene atribuciones para examinar, evaluar y proponer ante la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos, los mecanismos a ejecutar en los asuntos contenciosos y administrativos en los que el Centro INAH sea parte, con el fin de realizar las acciones necesarias para su atención, y formular y proponer a la misma coordinación los proyectos de informes previos y justificados en los juicios de amparo, denuncias, querellas, desistimientos, demandas, reconvenciones, así como el otorgamiento del perdón y, en general, todo recurso legal necesario en materias civil, laboral, mercantil, administrativa y penal para atender los requerimientos en esos temas, pero no para interponer el recurso de revisión fiscal, al no ser la unidad administrativa encargada de la defensa jurídica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 198/2022. Jefa de Departamento de Trámites y Servicios Legales del Centro INAH Zacatecas. 18 de mayo de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Gabriel Sánchez Iriarte. Secretaria: María Georgina Moreno Rivera.