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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/2028366

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: La parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 2/2017 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 14 de julio de 2017 a las 10:21 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 44, Tomo I, julio de 2017, página 599, con número de registro digital: 27242.

I.20o.A.17 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común
Registro digital (IUS)
2028366
Clave de tesis
I.20o.A.17 A (11a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
11a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa, Común
Fuente
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo VII; Pág. 6475
Publicación
2024-03-08

EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD. ES INNECESARIO PROMOVER EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL ANTES QUE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA NEGATIVA FICTA QUE DEJA EN ESTADO DE INDEFENSIÓN GRAVE O EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD A LA PERSONA PROMOVENTE DADO SU CONTEXTO ESPECÍFICO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo VII; Pág. 6475

Precedentes

Amparo en revisión 572/2022. 11 de mayo de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Alvarado López. Secretario: Héctor Jesús Reyna Pérez Güemes. Nota: La parte conducente de la sentencia relativa a la contradicción de tesis 2/2017 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 14 de julio de 2017 a las 10:21 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 44, Tomo I, julio de 2017, página 599, con número de registro digital: 27242.

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Registro digital (IUS): 2028366 · Publicación: 2024-03-08