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1a./J. 41/2024 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL. PARA QUE SE ACTUALICE LA EXCEPCIÓN DE CULPA O NEGLIGENCIA INEXCUSABLE DE LA VÍCTIMA, ÉSTA DEBE SER GRAVE.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 35, Marzo de 2024; Tomo III; Pág. 2714

Precedentes

Amparo directo 3/2021. Alfredo López Álvarez Tostado y otros. 29 de noviembre de 2023. Cinco votos de los Ministros y las Ministras Loretta Ortiz Ahlf, quien reservó su derecho para formular voto concurrente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto aclaratorio, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretaria: Sofía del Carmen Treviño Fernández. Tesis de jurisprudencia 41/2024 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro.