I.8o.A.1 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
MULTA POR INCUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. ANTES DE IMPONERLA DEBE IDENTIFICARSE A LA AUTORIDAD CONTUMAZ, SI SU ACATAMIENTO ESTÁ SUJETO A LA INTERVENCIÓN DE DIVERSAS AUTORIDADES.
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 37, Mayo de 2024; Tomo V; Pág. 5150
Hechos: Personas integrantes de la Comisión de Honor y Justicia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México promovieron amparo indirecto contra la multa que se les impuso por incumplimiento a una sentencia de nulidad, argumentando su ilegalidad, porque era necesaria la intervención de diversa autoridad para su acatamiento.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que al imponerse una multa por incumplimiento a la sentencia del juicio contencioso administrativo local, debe identificarse a la autoridad contumaz, cuando su acatamiento está sujeto a la intervención de diversas autoridades.
Justificación: Conforme a la línea argumentativa de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el incidente de inejecución de sentencia 20/2022, cuando el cumplimiento de una sentencia implique la emisión de actos de diferentes autoridades que den lugar al desarrollo de un procedimiento en el cual la falta de emisión de alguno de ellos impida la de los siguientes, antes de imponer una multa deberá identificarse si la autoridad requerida fue contumaz, es decir, verificar si fue la responsable del incumplimiento, pues puede ser que las diversas autoridades que deban intervenir estén impedidas legalmente para emitir el acto que les corresponde; caso en el cual tendrán una causa justificada para no acatar el fallo.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 177/2023. 28 de septiembre de 2023. Unanimidad de votos. Ponente: María del Pilar Bolaños Rebollo. Secretaria: María Isabel Bernal Zamudio.
Nota: La sentencia relativa al incidente de inejecución de sentencia 20/2022 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 26 de agosto de 2022 a las 10:34 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 16, Tomo III, agosto de 2022, página 2373, con número de registro digital: 30850.