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I.2o.T.16 L (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Constitucional, Laboral

NOMBRAMIENTO POR TIEMPO DETERMINADO DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AL SERVICIO DEL ESTADO. NIVELES DE ESCRUTINIO QUE DEBEN SUPERARSE PARA CONSIDERAR QUE RESPETA EL DERECHO HUMANO A LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 38, Junio de 2024; Tomo IV; Pág. 4110

Precedentes

Amparo directo 462/2023. 15 de febrero de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Mauricio Barajas Villa. Secretario: Irving Vásquez Ortiz. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de criterios 100/2024, resuelta por el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México el 7 de agosto de 2024, de la que derivó la tesis de jurisprudencia PR.P.T.CS. J/21 L (11a.), de rubro: "CONTRATACIÓN TEMPORAL DE TRABAJADORES AL SERVICIO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. LOS ‘LINEAMIENTOS PARA EL PROGRAMA DE ESTABILIDAD LABORAL, MEDIANTE NOMBRAMIENTO POR TIEMPO FIJO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS U OBRA DETERMINADOS’, SON INSUFICIENTES PARA JUSTIFICARLA."

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