III.2o.A.9 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común
AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LA BOLETA DE SEPARACIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO DE LOS INTEGRANTES DE LA POLICÍA PREVENTIVA MUNICIPAL DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO.
[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Agosto de 2024; Tomo IV, Volumen 1; Pág. 925
Hechos: Un integrante de la Policía Preventiva Municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, promovió amparo indirecto contra la boleta de separación temporal del servicio, mediante la cual se le sujetó a un procedimiento sumario, en el que no se le otorgó un acceso efectivo a las constancias en las que se sustenta la imputación, por lo que consideró que existió riesgo de privación de su libertad y violación a sus derechos de audiencia y de defensa. La persona juzgadora sobreseyó en el juicio por no reclamarse la resolución final del procedimiento relativo.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que procede el amparo indirecto contra la boleta de separación temporal del servicio de los integrantes de la Policía Preventiva Municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco.
Justificación: Cuando con la referida boleta se sujeta al elemento operativo al procedimiento previsto en los artículos 224, 225 y 226 del Reglamento de la Comisaría de la Policía Preventiva Municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, sin otorgarle acceso a los elementos de prueba en los que se sustentan los hechos que soportan la irregularidad que le es atribuida, lo que implica desatender las formalidades del procedimiento, pues se limitan sus derechos de defensa y de audiencia, y se le pone en peligro de privación de la libertad, debido a que la separación temporal es la permanencia que se ordena a un servidor público hasta por 36 horas en su alojamiento oficial, ello equivale a un arresto administrativo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 96/2023. 17 de enero de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Cortez Sandoval. Secretario: Moisés Aparicio Paredes.
Nota: Esta tesis aborda el mismo tema que la sentencia del amparo en revisión 386/2023 del propio Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito que contendió en la denuncia relativa a la contradicción de criterios 141/2024, resuelta por el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México el 28 de noviembre de 2024, de la que derivó la tesis de jurisprudencia PR.A.C.CS. J/16 A (11a.), de rubro: "JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA LA BOLETA DE SEPARACIÓN TEMPORAL DEL SERVICIO DE LOS INTEGRANTES DE LA POLICÍA PREVENTIVA MUNICIPAL DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO."