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PR.A.C.CS. J/6 A (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaPlenos RegionalesAdministrativa
Registro digital (IUS)
2029356
Clave de tesis
PR.A.C.CS. J/6 A (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
Plenos Regionales
Materia
Administrativa
Fuente
[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Agosto de 2024; Tomo V, Volumen 1; Pág. 304
Publicación
2024-08-30

RECONSIDERACIÓN ADMINISTRATIVA. PROCEDE CONTRA LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DEFINITIVAS DE CARÁCTER INDIVIDUAL DESFAVORABLES AL PARTICULAR, CON INDEPENDENCIA DE QUE CONTENGAN UN CRÉDITO FISCAL (ARTÍCULO 36 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN).

[J]; 11a. Época; Plenos Regionales; Gaceta S.J.F.; Libro 40, Agosto de 2024; Tomo V, Volumen 1; Pág. 304

Precedentes

Contradicción de criterios 52/2024. Entre los sustentados por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito y el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 23 de mayo de 2024. Tres votos respecto del resolutivo primero de las Magistradas Rosa Elena González Tirado y María Amparo Hernández Chong Cuy y del Magistrado Arturo Iturbe Rivas. Mayoría de dos votos respecto del resolutivo segundo. Disidente: Magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy. Ponente: Magistrada Rosa Elena González Tirado. Secretario: Ivann Alvarez Hernández. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 86/2021, el sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito, al resolver el amparo en revisión 252/2021, y el diverso sustentado por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el amparo en revisión 263/2022.

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Registro digital (IUS): 2029356 · Publicación: 2024-08-30