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2a./J. 63/2024 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. FORMA DE COMPUTAR EL PLAZO DE 2 MESES PREVISTO EN EL ARTÍCULO 518 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO PARA EJERCER LAS ACCIONES DE LAS PERSONAS QUE SEAN SEPARADAS DEL EMPLEO.

[J]; 11a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 41, Septiembre de 2024; Tomo III, Volumen 2; Pág. 1449

Precedentes

Contradicción de criterios 141/2024. Entre los sustentados por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito. 3 de julio de 2024. Cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Lenia Batres Guadarrama, Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretaria: Illiana Camarillo González. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 767/2023, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, al resolver el amparo directo 508/2023. Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 27/95 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, julio de 1995, página 87, con número de registro digital: 200768. De la sentencia que recayó al amparo directo 767/2023, resuelto por el Décimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, derivaron las tesis aisladas I.10o.T.16 L (11a.) y I.10o.T.15 L (11a.), de rubros: "PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES DE LOS TRABAJADORES QUE SON SEPARADOS DE SU EMPLEO. FORMA DE COMPUTAR EL PLAZO RELATIVO." y "PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. EL ARTÍCULO 518 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ES LA NORMA ESPECIAL APLICABLE A LAS ACCIONES JURISDICCIONALES DE LOS TRABAJADORES QUE SON SEPARADOS DEL TRABAJO.", publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 12 de abril de 2024 a las 10:16 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 36, Tomo V, abril de 2024, páginas 4600 y 4602, con números de registro digital: 2028592 y 2028593, respectivamente. Tesis de jurisprudencia 63/2024 (11a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de catorce de agosto de dos mil veinticuatro.

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