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1a. XVII/2024 (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

VIOLENCIA FAMILIAR. LA EXPRESIÓN "O ANÁLOGA" CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 221 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO NO VULNERA EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD, EN SU VERTIENTE DE TAXATIVIDAD.

[TA]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 44, Diciembre de 2024; Tomo I, Volumen 1; Pág. 271

Precedentes

Amparo directo en revisión 324/2022. 28 de febrero de 2024. Mayoría de tres votos del Ministro y las Ministras Loretta Ortiz Ahlf, Ana Margarita Ríos Farjat y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Disidentes: Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto particular y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien reservó su derecho para formular voto particular. Ponente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Secretaria: Nínive Ileana Penagos Robles.

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