II.1o.C.T.16 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
OFRECIMIENTO DE TRABAJO; DEBE ESTUDIARSE SI SE ACREDITAN LAS CONDICIONES CON QUE SE OFRECE Y NO SIMPLEMENTE CONSIDERANDOLO DE BUENA FE.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 979
Cuando el patrón al contestar la demanda niega el despido y manifiesta que puede presentarse el trabajador a laborar, en los términos y condiciones que se detallaron en el cuerpo de su escrito, ello implica la posibilidad de tres hipótesis: si la expresión constituye un ofrecimiento de reincorporación a las actividades, propiamente dicha; si las condiciones transcritas fueron realmente las existentes, en el momento del ofrecimiento y si hubo una propuesta real, con coincidencia de prestaciones y la buena fe del mismo. Por tanto, la responsable al emitir el laudo reclamado, debe estudiar si la categoría, salario y horario con que se ofrece el trabajo están acreditados o si por el contrario, deben prevalecer las expresadas por los actores, y no simplemente considerar de buena fe el ofrecimiento del trabajo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 975/95. Faruk Musa Gaseli Yaffar y Eduardo Nava Laborde. 21 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez.