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I.20o.A.49 A (11a.)Tesis Aislada11a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común

SUSPENSIÓN DE OFICIO Y DE PLANO EN AMPARO INDIRECTO. PROCEDE CONTRA ACTOS QUE PUEDAN TENER COMO EFECTO ELIMINAR A UNA PERSONA DE LA QUE AÚN SE DESCONOCE SU PARADERO DEL REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS DESAPARECIDAS Y NO LOCALIZADAS.

[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 48, Abril de 2025; Tomo II, Volumen 2; Pág. 1137

Precedentes

Queja 192/2024. 25 de marzo de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Martha Llamile Ortiz Brena. Secretario: Edmundo Hinojosa Muñoz. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 35/2021 (11a.) citada, aparece publicada con el rubro: "DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS. EL DERECHO A NO SER VÍCTIMA DE DESAPARICIÓN FORZADA COMPRENDE EL DERECHO A LA BÚSQUEDA COMO PARTE DE SU NÚCLEO ESENCIAL." en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 19 de noviembre de 2021 a las 10:30 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 7, Tomo II, noviembre de 2021, página 1198, con número de registro digital: 2023814.

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