I.4o.A.14 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
PRUEBA, CARGA DE LA. PARA QUIEN AFIRMA QUE ADJUNTO DIVERSOS ANEXOS A DETERMINADO ESCRITO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 992
El encargado de la oficialía de partes limita su obligación al hecho material de recibir el escrito y anotar el número de anexos que se acompañan a él, pero no le compete describirlos y especificar su contenido; por tanto, la autoridad no está obligada a considerar tales anotaciones para tener por justificada; por ejemplo, la personalidad del promovente; por lo que si éste afirma que acompañó el testimonio que la acreditaba le corresponde probar su dicho, ya que sólo de esta manera se acata la teoría sobre la carga de la prueba.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 584/95. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Hospital Santelena, S.A.). 24 de mayo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Francisco A. Fernández Barajas.