I.5o.T.50 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA CONFESIONAL. POSICION INSIDIOSA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 993
Al emplear dentro de alguna posición la palabra "jamás", con ello ciertamente se contraría la disposición contenida en la
fracción II del artículo 790 de la ley laboral
, ya que resulta insidiosa, con lo que ciertamente se tiende a perturbar el razonamiento del absolvente, pues tal concepto se refiere a un lapso indeterminado.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 11485/95. Gilda Rosas Martínez. 7 de diciembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: Erubiel Arenas González.
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 81/2000
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 11/2001, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, marzo de 2001, página 119, con el rubro: "
PRUEBA CONFESIONAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. LAS POSICIONES NO SE REFIEREN A TIEMPO INDETERMINADO Y NO DEBEN CALIFICARSE COMO INSIDIOSAS SÓLO POR EL HECHO DE QUE EN SU TEXTO UTILICEN LAS PALABRAS 'NUNCA' O 'JAMÁS'
."