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1a./J. 53/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional
Registro digital (IUS)
2030392
Clave de tesis
1a./J. 53/2025 (11a.)
Tipo
Jurisprudencia
Época
11a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Civil, Constitucional
Fuente
[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 49, Mayo de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 80
Publicación
2025-05-16

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL. ES INCONSTITUCIONAL QUE EL PLAZO PARA COMPUTARLA INICIE A PARTIR DE QUE SE REALICE EL EMPLAZAMIENTO A LA PARTE DEMANDADA.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 49, Mayo de 2025; Tomo II, Volumen 1; Pág. 80

Precedentes

Amparo directo en revisión 5491/2023. Eduardo Enrique Ruffo Azcona, su sucesión. 28 de febrero de 2024. Cinco votos de los Ministros y las Ministras Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretario: Eduardo Román González. Tesis de jurisprudencia 53/2025 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de catorce de mayo de dos mil veinticinco.

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Registro digital (IUS): 2030392 · Publicación: 2025-05-16