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XXI.1o.1 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REVISION FISCAL. AGRAVIOS INOPERANTES, SI LOS ARGUMENTOS DE INCONFORMIDAD NO FORMARON PARTE DEL DEBATE EN LA INSTANCIA COMUN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Marzo de 1996; Pág. 1017

Precedentes

Revisión fiscal 4/95. Administradora Local Jurídica de Ingresos de Acapulco, Guerrero, en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 9 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Ignacio Cuenca Zamora.