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1a./J. 232/2025 (11a.)Jurisprudencia11a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

ABORTO VOLUNTARIO. LA SANCIÓN PARA EL PERSONAL DE SALUD QUE LO PROCURE ES INCONSTITUCIONAL.

[J]; 11a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Agosto de 2025; Tomo V, Volumen 1; Pág. 253

Precedentes

Amparo en revisión 267/2023. 6 de septiembre de 2023. Cinco votos de la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat y los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien formuló voto concurrente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien se separó de los párrafos ciento tres y ciento dieciséis a ciento treinta y formuló voto concurrente y aclaratorio. Ponente: Ana Margarita Ríos Farjat. Secretaria: Irlanda Denisse Ávalos Núñez. Nota: Esta tesis jurisprudencial, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, del viernes 29 de agosto de 2025 a las 10:37 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Undécima Época, Libro 52, agosto de 2025, Tomo V, Volumen 1, página 253, ha dado lugar a la integración del expediente relativo a la declaratoria general de inconstitucionalidad 3/2026, pendiente de resolución por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tesis de jurisprudencia 232/2025 (11a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de trece de agosto de dos mil veinticinco.

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